Nuevas Medidas para Mantener el Derecho de Residencia en España
Madrid, 1 de julio de 2024 – Para que los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo puedan mantener el derecho de residencia en España, se ha establecido una serie de requisitos esenciales según el artículo 9 bis del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero. Este decreto determina que estos ciudadanos y los miembros de su familia deberán disponer de recursos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social española durante su periodo de residencia. Además, deberán contar con un seguro de enfermedad que cubra todos los ingresos en España.
Entre las funciones que el artículo 70 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, atribuye a las oficinas de Extranjería, se incluye el control del mantenimiento de las condiciones que determinaron la concesión de la autorización de residencia. Esto se aplica tanto en materia de extranjería como en régimen comunitario. Por lo tanto, las oficinas de Extranjería tienen la responsabilidad de comprobar en cualquier momento si los ciudadanos comunitarios siguen cumpliendo esas condiciones.
En cumplimiento de esta normativa, y conforme al artículo 69.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se ha iniciado una campaña informativa dirigida a todos los residentes comunitarios en España. El objetivo es asegurar que estos residentes estén al tanto de sus obligaciones y mantengan los requisitos necesarios para conservar su derecho de residencia.
Las autoridades recuerdan a los ciudadanos comunitarios la importancia de cumplir con estos requisitos para evitar posibles sanciones o la revocación de su autorización de residencia. Se recomienda a todos los interesados revisar su situación y, en caso de necesitar asistencia o más información, contactar con las oficinas de Extranjería correspondientes.